Transparencia y buen gobierno
Acceso a la información pública
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Solicitud de información
Investigandi, utraque delectatum domus quidque libidinum fastidium parum artifex, audita perpetiuntur caelo alliciat pueros, reliquerunt efficiatur iuberet, tollatur saluti opes, domesticarum accusata efficeretur claris ostendis quaerimus salutandi, gustare umquam apertam aegritudinem postremo errata, dixerit simplicem bona terminari iniurias remotis prosperum inquam spe
El capítulo III del título I de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, desarrolla el derecho constitucional de toda la ciudadanía a la información pública.
Se entiende por información pública los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder del CIEMAT y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones.
En el ejercicio del derecho al acceso a la información pública, la persona interesada podrá presentar una solicitud a través de:
- Sede electrónica asociada al Portal de Transparencia de la AGE. Una vez entre en este portal, para tramitar su solicitud elija “Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades”.
- Presentando una solicitud cumplimentada y firmada. A través de uno de los siguientes medios:
- De manera electrónica: Registro Electrónico General (REG).
- De manera presencial: Registro General del CIEMAT.
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Por correo postal a la dirección: Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas (CIEMAT), Avda. Complutense 40, 28040 Madrid. A la atención de Secretaría General.
Datos abiertos
En este apartado se muestra la información del CIEMAT que se encuentra publicada en aplicación del Real Decreto 1495/2011, en el que se desarrolla la Ley 37/2007 sobre Reutilización de la Información del Sector Público, para el ámbito del sector público estatal.

